Tras la llamada fase de hibernación, se ha reanudado la actividad en ciertos sectores laborales no esenciales. Esta reanudación ha planteado interrogantes sobre su aplicación a las personas que no pueden trabajar desde su casa o sobre otras alternativas que les permitirían permanecer confinadas para evitar el contagio.
Una de las cuestiones que ha suscitado más dudas es la incorporación de las personas a sus puestos de trabajo particularmente vulnerable antes de COVID-19.
Juan Antonio Martínez Herrera, Subdirector General de Coordinación de Unidades Médicas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, nos explicó que se podrá solicitar un permiso en los casos en que los trabajadores tengan condiciones de salud que los hagan más vulnerables a COVID-19, y cuando -a pesar de las medidas de prevención, adaptación y protección vigentes las condiciones de trabajo no les permitan realizar su labor sin aumentar el riesgo para ellos mismos.
En otras palabras, para la tramitación de la incapacidad temporal se tendrán en cuenta tres circunstancias:
- El nivel de riesgo del lugar de trabajo
- El grado de vulnerabilidad (posibles complicaciones) de la persona
- La imposibilidad de adaptar el lugar de trabajo
¿Qué condiciones de salud están cubiertas por la medida?
Las personas vulnerables son las que presentan Patologías cardiovasculares, hipertensión arterial, diabetes, enfermedad pulmonar crónica, inmunodeficiencias o procesos oncológicos en tratamiento activo. Además, se evaluará el estado actual de estas patologías (si están controladas o desequilibradas), si existen otros trastornos además de la enfermedad descrita y, por último, su relación con los niveles de riesgo de las tareas a realizar.
Las personas también pueden considerarse vulnerables a mujeres embarazadas que amamantanSe debe tener en cuenta el nivel de riesgo del paciente, teniendo en cuenta la existencia o no de complicaciones y/o la presencia de cualquier patología a tener en cuenta, así como los niveles de riesgo referidos.
Por último, con referencia a la edad, las personas los mayores de 60 años sin patología no se consideran generalmente vulnerablesSólo en los casos en que presentan alguna de las patologías mencionadas y según estén controladas o desequilibradas.
Gestión de las partes de retirada
Para su tramitación, debe ponerse en contacto con el servicio de prevención de riesgos laborales de su empresa o un área similar. Ellos evaluarán estas 3 circunstancias y emitirán el informe correspondiente.
Si el informe indica que la persona vulnerable no puede asistir al lugar de trabajo, el trabajador debe remitirlo a su médico de cabecera, quien le concederá la licencia correspondiente por el tiempo necesario.
Se pueden emitir partes de retirada y confirmación, según sea necesario, sin la presencia física de la persona que trabaja y corresponderá a los médicos de los servicios sanitarios públicos, en ningún caso podrán ser expedidos por los médicos de las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de las Empresas Colaboradoras
Esta situación de aislamiento se considera una situación asimilada a un accidente de trabajo para el beneficio económico de la incapacidad temporal.
Baja por enfermedad y aislamiento
Además, se emitirá el informe de baja por enfermedad de COVID19 para los casos definidos por el Ministerio de Salud como confirmados (PCR o prueba de antígeno/anticuerpo positiva) y probables (infección respiratoria aguda grave con criterios clínicos y radiológicos compatibles con el diagnóstico no confirmado de COVID19.
En otras palabras, cuando el médico encargado de emitir el informe de licencia por enfermedad declare por cualquier medio clínico que el trabajador está incapacitado para trabajar debido a una situación compatible con la enfermedad, emitirá ese informe y mantendrá el proceso de incapacidad temporal hasta que se resuelva el proceso y se reanude el trabajo.
Por otra parte, cuando se conozca el período de aislamiento/contagencia o enfermedad después del comienzo del período, las partes se emitirán con carácter retroactivo.